Mediante el Decreto presidencial N° 1.348, el Gobierno Nacional prohíbe la venta a través del comercio informal de rubros y productos de la cesta básica, insumos, medicinas y demás bienes importados o producidos en el país para el consumo del pueblo venezolano, indispensables para la vida digna, la seguridad y la paz social.
El decreto fue publicado en la Gaceta Oficial N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, que circuló este lunes.
Un lista de 42 productos fue fijada por el Gobierno nacional.
Quienes infrinjan lo dispuesto en el documento oficial, serán sancionados conforme lo que establece la Ley Orgánica de Precios Justos.
Las autoridades militares y policiales deberán implementar planes de inspección, verificación y resguardo que estimen necesarios para evitar la venta o cualquier tipo de intercambio a través del comercio informal, ambulante o eventual de los rubros señalados en el decreto.
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