El Gobierno prohíbe la exportación de 21 rubros alimenticios y 11 productos de higienepersonal, además de medicamentos, productos para la construcción y productos terminados.
A través del Decreto Presidencial N°. 1.190, publicado en la reimpresión de la Gaceta Oficial Nº. 40.481, se prohíbe el tránsito por el territorio nacional con fines de exportación o extracción hacia territorio extranjero de los rubros y productos de la cesta básica, insumos, medicinas y demás bienes importados o producidos en el país para el consumo del pueblo venezolano, indispensables para la vida digna, la salud, la seguridad y la paz social, reseña Noticiero Legal.
1. Productos alimenticios, materias primas e insumos de éstos:
1.1 Aceites de maíz, de soya, de girasol, de palma, o de mezclas, crudos o terminados.
1.2 Alimentos Balanceados para Animales (ABA).
1.3 Arroz Paddy y arroz de mesa en cualquiera de sus presentaciones.
1.4 Arvejas, poroto negro (caraotas), lentejas, fríjol de soya y leguminosas en general.
1.5 Atún, sardinas y jurel.
1.6 Azúcar crudo y refino.
1.7 Café en grano verde, tostado y molido, o liofilizado, en cualquiera de sus presentaciones.
1.8 Carne de Bovino, de cerdo, de pollo y gallina.
1.9 Ganado Bovino en Pie.
1.10. Harina de girasol, de soya, de trigo y de maíz, en cualquiera de sus presentaciones.
1.11. Leche cruda, en polvo y UHT.
1.12. Maíz blanco y amarillo.
1.13. Mantequilla y margarina.
1.14. Pasta alimenticias.
1.15. Trigo panadero y pastificio.
1.16. Huevos de gallina.
1.17. Mayonesa y salsa de tomate.
1.18. Mortadela.
1.19. Sal.
1.20. Papas.
1.21. Tomates.
2. Productos para la higiene personal:
2.1. Pañales desechables.
2.2. Papel Higiénico.
2.3. Toallas sanitarias.
2.4. Shampoo y acondicionador para cabello.
2.5. Crema Dental.
2.6. Jabón de Tocador.
2.7. Jabones en Panela para lavar.
2.8. Detergentes y blanqueadores.
2.9. Limpiadores y Desinfectantes.
2.10. Afeitadoras desechables.
2.11. Tintes de cabello.
3. Productos para la salud:
3.1. Medicamentos, material médico quirúrgico, lencería descartable, repuestos e insumos para equipos médico-quirúrgicos, prótesis para rodillas, prótesis intraoculares,métodos anticonceptivos; equipos, materiales y reactivos de laboratorio, o para diagnóstico.
3.2. Productos e insumos odontológicos.
3.3. Materia prima, insumos, principios activos y excipientes para la elaboración de medicamentos.
3.4. Insumos transversales a la cadena de insumes para la salud: Tapas: plásticas y metálicas, adhesivos, etiquetas, tintas, gomas, papel y cartón para empaques, envases de vidrios, aluminio y plásticos; material para empaque en general.
4. Productos para la educación y la vivienda:
4.1. Textos, uniformes y útiles escolares.
4.2. Cemento, cabilla y bloques.
5. Productos terminados, desechos sólidos e insumos de:
5.1. Aluminio.
5.2. Hierro.
5.3. Acero.
5.4. Cartón y papel.
A través del Decreto Presidencial N°. 1.190, publicado en la reimpresión de la Gaceta Oficial Nº. 40.481, se prohíbe el tránsito por el territorio nacional con fines de exportación o extracción hacia territorio extranjero de los rubros y productos de la cesta básica, insumos, medicinas y demás bienes importados o producidos en el país para el consumo del pueblo venezolano, indispensables para la vida digna, la salud, la seguridad y la paz social, reseña Noticiero Legal.
1. Productos alimenticios, materias primas e insumos de éstos:
1.1 Aceites de maíz, de soya, de girasol, de palma, o de mezclas, crudos o terminados.
1.2 Alimentos Balanceados para Animales (ABA).
1.3 Arroz Paddy y arroz de mesa en cualquiera de sus presentaciones.
1.4 Arvejas, poroto negro (caraotas), lentejas, fríjol de soya y leguminosas en general.
1.5 Atún, sardinas y jurel.
1.6 Azúcar crudo y refino.
1.7 Café en grano verde, tostado y molido, o liofilizado, en cualquiera de sus presentaciones.
1.8 Carne de Bovino, de cerdo, de pollo y gallina.
1.9 Ganado Bovino en Pie.
1.10. Harina de girasol, de soya, de trigo y de maíz, en cualquiera de sus presentaciones.
1.11. Leche cruda, en polvo y UHT.
1.12. Maíz blanco y amarillo.
1.13. Mantequilla y margarina.
1.14. Pasta alimenticias.
1.15. Trigo panadero y pastificio.
1.16. Huevos de gallina.
1.17. Mayonesa y salsa de tomate.
1.18. Mortadela.
1.19. Sal.
1.20. Papas.
1.21. Tomates.
2. Productos para la higiene personal:
2.1. Pañales desechables.
2.2. Papel Higiénico.
2.3. Toallas sanitarias.
2.4. Shampoo y acondicionador para cabello.
2.5. Crema Dental.
2.6. Jabón de Tocador.
2.7. Jabones en Panela para lavar.
2.8. Detergentes y blanqueadores.
2.9. Limpiadores y Desinfectantes.
2.10. Afeitadoras desechables.
2.11. Tintes de cabello.
3. Productos para la salud:
3.1. Medicamentos, material médico quirúrgico, lencería descartable, repuestos e insumos para equipos médico-quirúrgicos, prótesis para rodillas, prótesis intraoculares,métodos anticonceptivos; equipos, materiales y reactivos de laboratorio, o para diagnóstico.
3.2. Productos e insumos odontológicos.
3.3. Materia prima, insumos, principios activos y excipientes para la elaboración de medicamentos.
3.4. Insumos transversales a la cadena de insumes para la salud: Tapas: plásticas y metálicas, adhesivos, etiquetas, tintas, gomas, papel y cartón para empaques, envases de vidrios, aluminio y plásticos; material para empaque en general.
4. Productos para la educación y la vivienda:
4.1. Textos, uniformes y útiles escolares.
4.2. Cemento, cabilla y bloques.
5. Productos terminados, desechos sólidos e insumos de:
5.1. Aluminio.
5.2. Hierro.
5.3. Acero.
5.4. Cartón y papel.
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